Fin de la moratoria y sanciones activas por las nuevas normas de tráfico DGT
El periodo de adaptación y avisos informativos asociado a las nuevas normas de tráfico DGT ha concluido oficialmente tras su entrada en vigor el pasado 1 de octubre. Con la superación de esta fase de moratoria, las autoridades locales y cuerpos de seguridad ya aplican de manera efectiva las sanciones correspondientes a los usuarios que incumplan las estipulaciones del nuevo Reglamento General de Circulación. En ciudades como Pamplona, la Policía Municipal ha comenzado a multar a aquellos conductores, ciclistas y usuarios de vehículos de movilidad personal que desatiendan las pautas establecidas para mejorar la seguridad vial y optimizar la convivencia en los entornos urbanos e interurbanos, según detalla Diario de Navarra.
Esta transición busca consolidar un marco normativo adaptado a la creciente diversificación de los medios de transporte en las vías públicas. Aunque algunas restricciones ya figuraban en ordenanzas municipales previas, la unificación estatal dota a los agentes de un respaldo legal homogéneo para castigar conductas infractoras con multas que ascienden, con carácter general, hasta los 200 euros en los casos calificados como graves, tales como la ausencia de elementos de iluminación obligatorios o dispositivos de protección personal necesarios para garantizar la integridad de todos los usuarios de la vía.
Nuevas obligaciones para bicicletas y patinetes eléctricos
Los usuarios de vehículos de dos ruedas y de movilidad personal afrontan un escenario con exigencias reforzadas dentro de las nuevas normas de tráfico DGT. Entre los puntos más destacados figura la fijación de una edad mínima de 15 años para circular en patinete eléctrico, así como la obligatoriedad de portar elementos reflectantes específicos para los repartidores profesionales. Paralelamente, se mantienen prohibiciones clave como el uso de teléfonos móviles, la utilización de auriculares durante la marcha y la circulación indebida por las aceras peatonales.
En lo que respecta a los ciclistas, el reglamento introduce modificaciones sustanciales en su posicionamiento sobre la calzada. Tal como recogen los cambios de la DGT para bicicletas, los conductores de estos vehículos deben circular preferentemente por el centro del carril. Esta medida pretende incrementar su visibilidad y prevenir accidentes derivados de la apertura imprevista de puertas en vehículos estacionados. Asimismo, los automóviles que circulen detrás de una bicicleta deben extremar las precauciones durante la marcha.
Por otro lado, la normativa contempla excepciones geográficas y específicas que han generado debate en el sector. Según expone Sportlife Ibérica S.L, las bicicletas pueden circular excepcionalmente en ambos sentidos de la marcha únicamente en calles urbanas con un único carril y un límite de velocidad igual o inferior a 30 km/h, siempre y cuando el ayuntamiento correspondiente lo autorice de forma expresa en su ordenanza local.
El nuevo carril de emergencia en autovías y atascos
Una de las novedades de mayor repercusión introducidas por las nuevas normas de tráfico DGT en las vías de alta capacidad es la obligación de habilitar un corredor específico cuando se producen retenciones o el tráfico se detiene por completo. Esta medida prohíbe a los conductores permanecer estáticos en el carril central si existe una congestión severa, exigiendo dejar libre un espacio central para el paso prioritario de los servicios de emergencia.
La disposición de este carril varía en función de la configuración de la vía:
- Autopistas de dos carriles: el espacio libre debe formarse estrictamente en el centro, obligando a los vehículos del carril derecho a arrimarse al margen derecho y a los del carril izquierdo a pegarse al margen izquierdo.
- Autopistas de tres o más carriles: el pasillo de paso debe abrirse entre el carril situado más a la izquierda y el carril contiguo a este, desplazándose el resto de usuarios hacia la derecha para permitir el paso fluido de ambulancias, bomberos y cuerpos policiales.
El incumplimiento de esta directriz está tipificado dentro de las infracciones graves de la Ley de Tráfico, concretamente en su artículo 76 relativo a la vulneración de normas sobre utilización de carriles. La sanción económica prevista por no facilitar el paso en estas circunstancias alcanza los 200 euros, cantidad que puede reducirse a la mitad en caso de pronto pago, según recoge el marco sancionador aplicable tras finalizar el periodo de moratoria.

